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Pro Consumidor sancionará con multas a negocios cobren el 10% de propina de comida para llevar

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SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) emitió una resolución en la que reitera la prohibición del cobro del 10% por concepto de propina en los establecimientos comerciales donde se expenden comidas o bebidas y los consumidores no utilizan las instalaciones del local para el disfrute del producto o servicio, y se establece en la misma que constituye una “infracción grave” el incumpliento de esta nueva disposición.

El director de Pro Consumidor, doctor Eddy Alcántara, explicó a los que violen lo establecido en esta resolución de fecha 12 de agosto de este año, la número 1438-22, serán sancionados con  multas y otras sanciones, conforme al artículo 109 de la Ley 358-05.

 

El funcionario señaló, además, que a diferencia de la resolución anterior la 330-2016, “este nuevo dispositivo establece claramente que los comercios que incumplan con estas medidas serán sancionados de acuerdo a la normativa”.

 

En ese sentido, dijo que la entidad de protección al consumidor iniciará un  proceso de inspección en los comercios de todo el territorio nacional, en busca de comprobar el cumplimiento de la referida resolución.


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