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La policía Podría arrestar a una persona sin orden judicial

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Santo Domingo, Rep. Dominicana.-En el Proyecto de Modificación al Código Procesal Penal aprobado por el Senado en dos lecturas, se establece que la Policía pueda arrestar a una persona sin necesidad de una orden judicial cuando  tenga en su poder objetos, armas, instrumentos, evidencias o papeles que hacen presumir razonablemente que es autor o cómplice de una infracción y que puede ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar. 
Otras de las novedades que le asigna un abogado de oficio a la víctima y no solo al acusado, como en la actualidad. Esto ocurría si el delito tiene una sanción mayor de cinco años de prisión. También amplía de tres a cuatro años para mantener un caso.
En el proyecto de modificación de varios artículos de la Ley 76-02 , que ahora pasa a la Cámara de Diputados, se destaca la ampliación del plazo de la prisión preventiva de 12 a 36 meses.
El informe sobre esta iniciativa fue presentado y motivado por el presidente de la Comisión de Justicia del Senado, Francis Vargas, quien explicó que la comisión escuchó a diferentes sectores la sociedad civil que quisieron hacer aportes para aprobar la pieza.
Se estableció además que la conciliación en materia de violencia intrafamiliar solo se procurara si no está en peligro la integridad física o psíquica de la víctima. 


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