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COMO CADA LUNES: Asociacionismo municipal: Cuando los gobiernos locales se unen, el municipalismo se fortalece

Posted by CB Blogger

Por: Alex Dominguez
Correo: alexdminguez@gmail.com

27 julio
16minutos.com/
 


■.- Si las autoridades de los gobiernos locales se unifican en el asociacionismo municipal y entendieran que ningún ayuntamiento puede enfrentar solo. La gestión de residuos, el ordenamiento territorial, el desarrollo económico local, la seguridad vial, la protección ambiental, la capacitación técnica y la defensa de los intereses comunes requieren coordinación, unidad y visión compartida. Por eso, el asociacionismo municipal no debe verse como una figura lejana o decorativa, sino como una herramienta viva para fortalecer la capacidad de los gobiernos locales.

Este articulo 367 de la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios reconoce esa realidad y abre una puerta importante, los ayuntamientos pueden constituir asociaciones de ámbito estatal, regional o provincial para proteger y promover sus intereses comunes. En palabras sencillas, la ley permite que los municipios se unan, se organicen y hablen con una voz más fuerte cuando los desafíos superan la frontera de un solo territorio.

Esta disposición tiene un gran valor municipalista porque reconoce que los ayuntamientos no son islas. Cada municipio tiene su autonomía, su identidad y sus propias necesidades, pero también comparte problemas y oportunidades con otros territorios. Cuando varios gobiernos locales se asocian, pueden defender mejor sus prioridades, intercambiar experiencias, impulsar proyectos regionales y gestionar apoyo técnico o financiero con mayor fuerza institucional.

Cabe destacar que el párrafo I del artículo 367 establece que estas asociaciones tendrán personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad para realizar todos los actos jurídicos necesarios o útiles para cumplir sus fines. Esto significa que no se trata de una simple reunión de voluntades. La ley les reconoce una estructura formal, capacidad legal y recursos propios para actuar de manera organizada y responsable.

Es importante saber que esa personalidad jurídica es fundamental. Permite que una asociación municipal pueda firmar acuerdos, administrar recursos, desarrollar programas de capacitación, contratar servicios, recibir apoyo y ejecutar iniciativas en beneficio de los municipios que la integran. Pero al mismo tiempo, esa capacidad exige orden, transparencia, rendición de cuentas y claridad en sus objetivos. Donde se pudiera ver municipios fortalecidos con mayor rendimiento, mayor capacidad y reducirían sus gastos

El párrafo II agrega otro elemento importante, estas asociaciones pueden celebrar convenios con entidades y organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros. Aquí aparece una de las mayores fortalezas del asociacionismo municipal, la posibilidad de construir alianzas. Un municipio solo puede tener limitaciones; varios municipios organizados pueden abrir puertas ante instituciones del Estado, organismos de cooperación, universidades, entidades técnicas y sectores productivos.

En la práctica, esto puede traducirse en proyectos compartidos para capacitación de servidores municipales, manejo regional de residuos sólidos, fortalecimiento de oficinas técnicas, ordenamiento territorial, asistencia en compras y contrataciones, gestión ambiental, desarrollo turístico, prevención de riesgos y modernización administrativa. La asociación se convierte así en un puente entre las necesidades locales y las posibles soluciones.

El párrafo III va todavía más lejos al permitir que los municipios sostengan relaciones, se asocien y cooperen con entidades subnacionales de otros países, con el propósito de mejorar relaciones internacionales y crear lazos de hermandad, amistad, solidaridad, asistencia técnica e intercambio de experiencias. Esta parte de la ley es muy valiosa, porque coloca al municipio dominicano dentro de una visión más amplia: la cooperación local también puede ser internacional.

Un municipio puede aprender de otro. Una región puede beneficiarse de experiencias aplicadas en otros países. Una buena práctica en gestión de mercados, movilidad urbana, ordenamiento territorial, turismo local o reciclaje puede adaptarse a nuestra realidad si existe voluntad, organización y capacidad de cooperación. Ese es el sentido humano del asociacionismo: nadie tiene todas las respuestas, pero juntos podemos encontrar mejores caminos.

La interpretación practica del Articulo 367 es clara: asociarse no significa perder autonomía, significa fortalecerla. Cuando los ayuntamientos se asocian, no renuncian a su identidad ni a sus competencias. Al contrario, ganan respaldo, conocimientos, herramientas y capacidad de incidencia. La unión municipal bien organizada ayuda a que los territorios pequeños no queden aislados y a que los grandes desafíos sean enfrentados con una visión común.

En un país donde muchos municipios tienen limitaciones presupuestarias y técnicas, el asociacionismo municipal debe convertirse en una estrategia de desarrollo. Los alcaldes, alcaldesas, directores y directoras de distritos municipales deben mirar estas asociaciones como espacios para cooperar, aprender, gestionar y defender el municipalismo, no como estructuras de nombre que solo existen en los papeles.

Pero para que el asociacionismo funcione, debe sostenerse en reglas claras, objetivos definidos y transparencia. Toda asociación municipal debe trabajar con planificación, presupuesto, resultados y rendición de cuentas. La confianza se fortalece cuando la gente entiende para que se asocian sus autoridades locales, que beneficios recibe el territorio y qué impacto producen esas alianzas.

El artículo 367 nos recuerda que el desarrollo local también se construye en conjunto. Hay problemas que comienzan en un municipio, pero terminan afectando a toda una región. Hay oportunidades que un ayuntamiento solo no puede aprovechar, pero que varios gobiernos locales unidos sí pueden convertir en proyectos reales. Por eso, la asociación municipal es una herramienta de solidaridad institucional y de inteligencia territorial. Llega gracias a,


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